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Preguntas y respuestas sobre la gestión de la comunicación social en el ámbito mediático

1- ¿Quiénes realizan la comunicación social en el ámbito mediático?

– La comunicación social en el ámbito mediático la realizan los medios de comunicación social, cuya misión esencial es producir y compartir contenidos para informar, educar y entretener, conforme a los fines de la sociedad socialista.

2- ¿Quiénes lo integran?

– En este ámbito existen medios fundamentales de comunicación social y otros medios.

3- ¿Cuáles son considerados medios fundamentales de comunicación social?

– Son las organizaciones mediáticas que tienen un carácter estratégico en la construcción del consenso, cumplen funciones de servicio público y constituyen mediadores políticos, ideológicos y socioculturales.

– Abarcan a las agencias de noticias, la radio, la televisión y medios de comunicación social impresos y digitales, que son de propiedad socialista de todo el pueblo o de las organizaciones políticas, de masas y sociales, y no pueden ser objeto de otro tipo de propiedad, de acuerdo con lo preceptuado en la Constitución.

4- ¿Qué importancia tienen los medios fundamentales de comunicación social?

– Estimulan la participación popular en el desarrollo económico, social y cultural del país, visibilizan con transparencia la gestión estatal y el ejercicio de la democracia socialista, afianzan los valores y la identidad de la nación y movilizan la acción social para la defensa de los intereses del pueblo.

5- ¿Qué entendemos por otros medios de comunicación social?

– Los que tienen objetivos y perfil editorial específicos, en correspondencia con la misión o la actividad económica o social que desarrolla su titular.

– Pueden pertenecer a órganos, organismos y entidades del Estado, organizaciones políticas, de masas y sociales, formas asociativas o a otros actores económicos y sociales legalmente reconocidos, los cuales responden por la gestión, producción y distribución de sus contenidos.

6- ¿Cómo funcionan los otros medios de comunicación social en el ámbito mediático?

  • Como complemento comunicacional de la misión o actividad económica o social de su titular y por tanto;
  • no pueden sostenerse con conceptos organizativos y contenidos que violen los límites de su perfil editorial, ni a partir de estructuras y recursos humanos, materiales y financieros que excedan las necesidades de la actividad comunicativa aprobada;
  • garantizan su gestión como organizaciones mediáticas, cuyo rol no puede ser idéntico o similar al que desempeñan en la sociedad los medios fundamentales de comunicación social; y
  • se excluye la creación de estos medios cuando se propone su gestión como la actividad constitutiva del objeto social o proyecto de trabajo de un actor económico no estatal.

7- ¿Qué obligaciones tienen los medios de comunicación social en el ámbito mediático?

  • Definir su política editorial y controlar su ejecución;
  • cumplir su perfil editorial con veracidad, transparencia y observancia de la carta de estilo y otras normas internas para su producción de contenidos;
  • generar procedimientos públicos de autorregulación que permitan desempeñar sus funciones con responsabilidad y apego a los principios éticos;
  • cumplir las regulaciones sobre la protección del derecho de autor;
  • responder a las reclamaciones de las personas naturales y jurídicas que se consideren injustamente afectadas por contenidos publicados;
  • asumir la reparación pública en el orden material o moral, de las personas naturales y jurídicas que la reclamen en el ámbito administrativo o judicial, si así se decide en el correspondiente proceso;
  • respetar el derecho a la presunción de inocencia de los imputados y acusados; y
  • asegurar que los productos comunicativos nacionales o extranjeros a publicar respeten lo estipulado en la Constitución, la presente Ley y demás disposiciones normativas.
  • Conservan las informaciones y los programas publicados, y tienen la obligación de facilitarlos a las personas naturales y jurídicas que se consideren injustamente afectadas por estos contenidos, para su presentación como prueba en las reclamaciones, los procedimientos administrativos y los procesos judiciales que promuevan.

8- ¿Qué responsabilidades tienen los medios fundamentales de comunicación social?

  • Privilegiar en sus agendas, según perfil editorial, los contenidos que respondan a los intereses y prioridades de la nación y las necesidades comunicativas de las audiencias;
  • actuar con inmediatez, oportunidad y previsión estratégica, de acuerdo con las particularidades de su perfil editorial y producción comunicativa;
  • garantizar en su gestión el reflejo crítico de la realidad y el ejercicio de la opinión sobre la base de la investigación y el análisis responsable;
  • asegurar la participación ciudadana en la gestión de los contenidos, incluidos el debate sobre asuntos de interés de la sociedad y acciones comunicativas que propicien el ejercicio del control popular;
  • controlar y evaluar la calidad, diversidad e impacto de su producción comunicativa;
  • priorizar en su gestión de contenidos los que contribuyen a la educación de las audiencias y al fomento en ellas de un pensamiento crítico, de igualdad social, no discriminatorio y descolonizador;
  • jerarquizar la producción de propuestas comunicativas dirigidas al entretenimiento, que promuevan con ética y responsabilidad el bienestar personal y colectivo;
  • implementar estrategias y proyectos que incrementen sistemáticamente el alcance y la visibilidad de sus contenidos en el ciberespacio;
  • estimular la creatividad y elevar el nivel estético de sus productos comunicativos;
  • asegurar el funcionamiento de los consejos editoriales y de programación y de otros espacios de diálogo profesional;
  • potenciar la gestión de la ciencia, la tecnología y la innovación en sus procesos de comunicación social;
  • promover la participación de las personas en la elaboración, implementación y evaluación de las políticas públicas, como parte de los procesos de control popular;
  • ponderar la generación de contenidos dirigidos a niñas, niños, adolescentes, jóvenes y personas adultas mayores;
  • conservar sus fondos patrimoniales y facilitar el acceso a ellos, con énfasis en los que constituyen memoria histórica de la nación;
  • educar a las audiencias en el conocimiento de las funciones sociales de la ciencia, la tecnología y la innovación;
  • lograr en los espacios destinados a promociones la difusión coherente de contenidos con fines políticos, de bien público, de autopromoción y comerciales, en concordancia con la función de servicio público de estos medios;
  • garantizar los procesos de investigación social que demandan la producción de contenidos y su evaluación; y
  • desarrollar relaciones de cooperación con otros medios nacionales e internacionales.

9- ¿Quién es el máximo responsable de hacer cumplir la política editorial en los medios fundamentales de comunicación social?

– El director de cada medio fundamental de comunicación social, quien debe asegurar, además, la participación de sus profesionales y las audiencias en la gestión de las prioridades de esa política.

– Al igual que los titulares de los otros medios de comunicación social en el ámbito mediático, tienen la obligación de inscribirlos en los registros nacionales habilitados a tales efectos, a partir de lo regulado en la presente Ley 162/2023 y sus disposiciones normativas reglamentarias y demás legislaciones vigentes.

10- ¿Cuáles son los derechos de los periodistas y demás profesionales que gestionan la comunicación social en el ámbito mediático?

  • Realizar, en el marco de la legalidad, las acciones profesionales necesarias para obtener la información veraz, objetiva y oportuna que demanda el cumplimiento de sus funciones;
  • participar en la gestión editorial de su medio;
  • denunciar aquellos actos de personas u organizaciones que ofrezcan contenidos erróneos, obstaculicen el acceso a la información o limiten el cumplimiento de sus funciones;
  • proteger públicamente la identidad de la fuente que haya solicitado permanecer anónima, en cumplimiento de los preceptos éticos de la profesión; y
  • realizar obras de colaboración periodística fuera de las funciones y deberes correspondientes a su empleo, según lo estipulado en la legislación vigente.

11- ¿Cuáles son los deberes de estos profesionales?

  • Informar con inmediatez, coherencia, precisión y apego a la verdad;
  • observar las normas de verificación, contextualización y contrastación de la información a utilizar;
  • contar con el consentimiento de las personas para la grabación de sus declaraciones;
  • abstenerse de aceptar contribuciones económicas o cualquier beneficio personal que comprometan su ética y el prestigio del medio que representan;
  • no realizar colaboración periodística u otro aporte editorial a medios de comunicación social cuyos contenidos contravengan la Constitución, la presente Ley y demás disposiciones normativas; y
  • asegurar que su obra profesional y proyección social sean consecuentes con la política editorial de su medio.