Publicidad y Patrocinio
La Ley 162/2023 “De Comunicación Social” reconoce el ejercicio de la publicidad y el patrocinio en cualquier soporte, físico o digital, como parte del sistema de comunicación social del país.
La publicidad es la forma de producción comunicativa, con fines comerciales, que desarrollan los diferentes actores económicos legalmente reconocidos en el país como parte de su plan de mercadotecnia.
Respeta la identidad histórica y cultural del pueblo cubano, salvaguarda los valores de la sociedad socialista, promueve la inclusión, así como los intereses nacionales y de los distintos actores económicos.
La gestión de la publicidad favorece el desarrollo de la economía y la sociedad y tiene los objetivos siguientes:
- Contribuir a la orientación del consumo y aportar a la formación de una cultura de consumo responsable.
- Potenciar el conocimiento y la imagen de productos, servicios, marcas, bienes culturales y destinos turísticos.
- Posibilitar la promoción de productos y servicios nacionales para su exportación.
- Ofrecer datos e información veraz sobre las propiedades y ventajas de un producto o servicio, las marcas comerciales y otros signos distintivos.
El patrocinio es la relación de intercambio a través de la cual el patrocinado recibe de una persona u organización un aporte financiero, de bienes o servicios y, como contrapartida, el patrocinador obtiene notoriedad y difusión de su nombre, marca, producto o servicio.
El Decreto102/2024 Reglamento para el ejercicio de la publicidad y el patrocinio, establece las regulaciones que complementan lo refrendado en la Ley de Comunicación Social sobre el ejercicio de la publicidad y el patrocinio de marcas, productos y servicios cubanos y extranjeros en el mercado nacional.
Misión de la Dirección General de Publicidad y Patrocinio
Nuestra dirección general tiene la responsabilidad de conducir y controlar el ejercicio de la publicidad y el patrocinio de marcas, productos y servicios cubanos y extranjeros en el país.
Pueden acceder a la solicitud de trámite en los siguiente enlace:
Solicitud para la creación de una agencia publicitaria
Marco Jurídico
– Aprobación No. 018/96 Tarifario para los servicios de inscripción y revalidación anual de las publicaciones seriadas. Ministerio de Cultura.
– Resolución 81/1997. Registro Nacional de Publicaciones Seriadas. Reglamento. Ministerio de Cultura.
– Resolución 56/1999. Sobre la inserción de publicaciones seriadas en internet. Ministerio de Cultura.
– Resolución Ministerial 177/1997. Normas y principios para formar y fijar los precios de las publicaciones seriadas. Procedimientos para la oficialización de precios mayoristas y minoristas. Ministerio de Finanzas y Precios.
-Resolución Ministerial 4/2001.Normas para formar y fijar precios en MLC de las publicaciones seriadas cubanas que se venden en el territorio nacional. Ministerio de Finanzas y Precios.
– Resolución 72/2009. Registro Nacional de Sitios Web. Ministerio de Cultura.
– Resolución 73/2009. Reglamento. Registro Nacional de Sitios Web. Ministerio de Cultura.
– Ley 162/23 de Comunicación Social
– Decreto Ley 101/24 Reglamento para la implementación de la Ley
– Decreto Ley 102/24 Reglamento de Publicidad y Patrocinio
Eventos
Trámites
Para solicitar comenzar el proceso para inscribir una publicación seriada o un sitio web, es necesario completar el siguiente formulario y enviarlo a la dirección de correo que aparece a continuación: correo
La Dirección de Publicaciones Seriadas y Sitios Web evaluará las solicitudes recibidas y contactará con el solicitante.